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Pau
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El impuesto al sol en España y su cancelación

Índice

Introducción

A raíz del polémico impuesto al sol en España implantado en 2015, aún hoy en día a mucha gente le asusta oír hablar sobre energía solar, y se formulan cuestiones como:

  • ¿Qué es el impuesto al sol?
  • ¿Me van a cobrar si me hago una instalación solar?
  • ¿Voy a tener que pagar impuestos, además de regalar mi energía?
  • ¿Qué sentido tiene que me cobren por crear energía limpia?
  • ¿Sigue vigente el impuesto al sol España?

Desde su implantación en el año 2015, el impuesto al sol u oficialmente llamado peaje de respaldo, causó mucha controversia. Desde el primer momento, asociaciones ecologistas, de productores, consumidores e instaladores se posicionaron en contra de esta tasa.

Vamos con un poco de historia:

La implantación del impuesto al sol en España

El peaje de respaldo o impuesto al sol es una tasa que entró en vigencia con el Real Decreto Ley 900/2015, de 9 de octubre. El siguiente enlace muestra el BOE del impuesto al sol.

Video: Exministro José Manuel Soria anunciando las tasas sobre el autoconsumo.

El resumen de este Real Decreto del impuesto al sol es el siguiente:

Se establecieron dos tipos de instalaciones de autoconsumo:

– Tipo 1: Instalaciones no inscritas en el RAIPRE de hasta 100kW de potencia

– Tipo 2: Instalaciones inscritas en el RAIPRE.

Se establecieron diversos cargos sobre estas instalaciones, tanto en término fijo sobre la potencia, cómo en término variable sobre la demanda y vertido a la red.

Además se hicieron obligatorios distintos tipos de control, permisos y trámites que dificultaban la implantación de instalaciones de autoconsumo de energía solar y eólica.

La aprobación de este Real Decreto supuso un fuerte freno en la instalación de sistemas fotovoltaicos de autoconsumo, en un país como España donde la energía solar es una apuesta clara de futuro debido a las horas de sol anuales y a la dependencia energética que tenemos.

Pero estas eran las excepciones del impuesto al sol, en las que los usuarios quedaban exentos de pagar estas tasas:

  • Instalaciones de autoconsumo aisladas de la red eléctrica (off grid).
  • Instalaciones de potencia menor a 10 kW.
  • Instalaciones ubicadas en Canarias, Ceuta y Melilla.
  • Instalaciones de cogeneración y frenado de trenes.

Entonces, ¿A día de hoy se aplica el impuesto al sol?

La derogación del impuesto al sol

Por suerte para los actuales y futuros autoconsumidores, en octubre de 2018 se aprobó el nuevo Real Decreto Ley 15/2018 en el que se anuló el anterior Real Decreto Ley del impuesto al sol.  Este RD supuso un carpetazo a la anterior ley, abriendo la puerta a gran cantidad de nuevas instalaciones de autoconsumo y dando un gran paso hacia la transición energética.

El Real Decreto Ley que anula el impuesto al sol se encuentra en este enlace. En el mismo se establecen las medidas urgentes para la transición energética y protección de los consumidores. 

Citando el capítulo VI de este RD:

“La apuesta por una transición energética es indispensable y urgente. Partiendo de esta premisa y en el contexto de elevación de precios en el mercado eléctrico en el que nos encontramos, el autoconsumo eléctrico renovable es un elemento imprescindible para lograr que el consumidor pueda obtener una energía más limpia y barata.

En España, la actividad de autoconsumo apenas ha iniciado su despliegue debido a una serie de barreras regulatorias existentes, que dificultan, desincentivan o hacen inviable económicamente esta actividad.

Lo anterior impide que los consumidores-productores, y la sociedad en su conjunto, puedan beneficiarse de las ventajas que puede acarrear esta actividad, en términos de menores necesidades de red, mayor independencia energética y menores emisiones de gases de efecto invernadero.

La implantación del autoconsumo renovable permitirá disminuir la factura energética con carácter inmediato a los consumidores que lo instalen y, adicionalmente, detraerá demanda de energía en el mercado mayorista, contribuyendo de esta manera a una contención y disminución de precios en el mercado mayorista de energía eléctrica, a una mejora de las condiciones ambientales y a una reducción de la importación de hidrocarburos que redundará en una mejora de la balanza de pagos.

El presente Real Decreto Ley, en su título II, asume el contenido de la Proposición de Ley sobre autoconsumo presentada por la mayoría de los grupos políticos del Congreso, como reflejo del amplio consenso existente en la materia.

En esencia, introduce tres principios fundamentales que regirán esta actividad:

  1. Se reconoce el derecho a autoconsumir energía eléctrica sin cargos.
  2. Se reconoce el derecho al autoconsumo compartido por parte de uno o varios consumidores para aprovechar las economías de escala.
  3. Se introduce el principio de simplificación administrativa y técnica, especialmente para las instalaciones de pequeña potencia.

En definitiva, el desarrollo del autoconsumo permitirá la puesta a disposición inmediata para los consumidores de alternativas más económicas para su suministro eléctrico, operando como un seguro ante los elevados precios de la electricidad que se están registrando en los mercados de futuros. Lo anterior, junto con el retraso en el desarrollo de esta actividad en España, en comparación con otros países, justifica la adopción urgente de estas medidas mediante la presente norma.”

Puntos clave del RD 15/2018

Para resumir, los puntos clave establecidos para favorecer el autoconsumo en este nuevo Real Decreto Ley son las siguientes:

  1. Se anula el impuesto al sol.

El real Real Decreto Ley especifica: “La  energía  autoconsumida  de  origen  renovable,  cogeneración  o  residuos  estará  exenta  de  todo  tipo  de  cargos  y  peajes.” Además, se especifica que la energía excedente vertida a la red en instalaciones de autoconsumo deberá ser tratada de la misma forma que la asociada a cualquier otra fuente de producción.

2. Se establecen dos tipos de instalaciones de autoconsumo:

Autoconsumo sin excedentes: cuando se encuentra instalado algún dispositivo físico que impide la inyección de excedentes a la red.

Autoconsumo con excedentes: cuando las instalaciones de autoconsumo pueden, además de suministrar energía para el consumo propio, verter la energía sobrante a la red de transporte y distribución.

3. Posibilidad de realizar instalaciones comunitarias.

Se habla del concepto de instalaciones próximas, las cuales pueden estar conectadas en la red interior de los consumidores asociados, unidas a través de líneas directas, o conectadas a la red de baja tensión derivada del mismo centro de transformación. Esto podría suponer que por ejemplo, un ayuntamiento, tuviera una instalación solar con la que abastecer a su población.

4. Simplificación y facilidades a la hora de realizar, tramitar y legalizar instalaciones inferiores a 100 kW.

Este tipo de instalaciones de autoconsumo con excedentes no están obligadas a inscribirse en el registro administrativo de instalaciones de producción de energía eléctrica, por lo que de esta forma, su legalización se resolverá de manera más ágil.

Conclusiones

En términos generales, este Real Decreto Ley establece una serie de medidas que hacen del autoconsumo una alternativa viable, lo que sin duda beneficia al sector de las energías renovables pero mucho más importante, al medio ambiente y al ahorro energético de los usuarios. 

Además de estos puntos aquí definidos, cada vez más ayuntamientos se suman a ofrecer ayudas a las instalaciones de energías renovables, y  además es posible deducir parte del presupuesto de la instalación en el IRPF. Te lo contamos todo aquí.

Somos el país europeo con más horas anuales de luz solar y ahora es el momento de aprovechar esta ventaja.

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Este artículo ha sido escrito por DIRENERGY y licenciado bajo licencia CC BY-NC-SA 4.0

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