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En nuestro blog encontrarás todo tipo de información relacionada con instalaciones solares fotovoltaicas y domótica. Desde información básica a explicaciones técnicas, pasando por guías de montaje, tutoriales  además de las últimas novedades del sector.

Robert
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Aumenta al 40% la deducción para el autoconsumo

Índice

El pasado 20 de enero la Generalitat Valenciana aprobó la Ley 3/2020 por la que se aumenta del 20% al 40% la deducción en el IRPF por las instalaciones solares de autoconsumo.

Toda la información relativa a esta deducción se encuentra en el IVACE, que a su vez es el organismo encargado de certificar la instalación.

¿Cómo funciona la deducción?

Cualquier persona que realice una instalación fotovoltaica se podrá deducir el 40% del coste de la instalación (incluyendo el IVA) en el tramo autonómico de la declaración de la renta (IRPF).

Por ejemplo, una persona que se ponga paneles solares en su vivienda con un coste de 5.000€, se podría deducir 5.000€ x 0,4 = 2.000€. Esto significa que la instalación le costaría 5.000€ – 2.000€ = 3.000€.

¿Qué tipo de instalaciones entran en la subvención?

Entran todos los tipos de instalaciones solares existentes.

  • Instalaciones conectadas a la red sin baterías.
  • Instalaciones conectadas a la red con baterías.
  • Instalaciones aisladas sin baterías.
  • Instalaciones aisladas con baterías.

¿Es necesario deducirlo todo el mismo año?

No, la deducción puede repartirse durante los 4 años siguientes. De esta forma personas que tengan pocos ingresos podrán aprovechar igualmente toda la subvención.

¿Qué costes se pueden incluir?

Se pueden incluir todos los costes asociados la instalación:

  • Inversiones en equipos, transporte y montaje vinculados directamente a las instalaciones de autoconsumo.
    • Sistema generador.
    • Sistema de conversión de la energía.
    • Sistema de control y regulación.
    • Equipo de medida de energía generada
    • Sistema de almacenamiento energético (baterías).
  • Obra civil estrictamente necesaria vinculada a la instalación.
  • Instalaciones de evacuación de energía hasta el punto de conexión a la red eléctrica.
  • Costes de tramitación administrativa de las instalaciones.
    • Impuestos municipales (ICIO).
    • Tasas de obras.
    • Legalización.
    • Derechos de acometida de generación.
    • Costes de los estudios de acceso y conexión.
    • Inscripción en registros.
    • Costes de redacción de proyecto.
    • Estudio de seguridad y salud.
    • Dirección de obra.

En DIRENERGY nos encargamos de realizar la legalización y trámite de subvenciones, nuestras instalaciones llave en mano incluyen todos estos trámites. Por otra parte, si necesitas que un instalador o ingeniero realice alguno de estos trámites puedes contactar con nosotros sin ningún compromiso.

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Este artículo ha sido escrito por DIRENERGY y licenciado bajo licencia CC BY-NC-SA 4.0

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